El etiquetado precautorio de alérgenos (EPA) se refiere al etiquetado voluntario que se utiliza para indicar que uno o más alérgenos de declaración obligatoria (Anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011) pueden encontrarse presentes en el producto de forma no intencionada, pero inevitable, poniendo en riesgo a los consumidores sensibles a los mismos.
Para ello, se utilizan expresiones como: “Puede contener trazas de…”, “Elaborado en la misma línea de producción que…”, entre otras. Se trata de mensajes de advertencia que las empresas sólo deben utilizar cuando exista un riesgo demostrable de contaminación cruzada, sobre la base de una evaluación y una gestión del riesgo responsable, en caso de que las medidas implantadas no sean eficaces a la hora de evitar la presencia no intencionada de trazas de alérgenos en el producto final.
Sin embargo, la utilización de forma indiscriminada del EPA, como medida precautoria, ha conseguido el efecto inverso, proporcionando una mayor inseguridad y confusión en el consumidor y, en consecuencia, un mayor empobreciendo de su dieta al limitar su cesta de la compra.
Esta situación está provocada, en parte, por la falta de una regulación formal, pendiente de la publicación de un acto de ejecución por parte de la Comisión Europea, tal y como establece el art. 36 del Reglamento (UE) 1169/2011, sobre información facilitada al consumidor.
Es por ello, que la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB) ha elaborado un Documento para el Etiquetado Precautorio de Alérgenos con el objetivo de conseguir una información clara, transparente y libre de contradicciones en el etiquetado. Esta guía se ha abordado desde un enfoque científico, basado en el análisis cuantitativo del riesgo. Una perspectiva que supone una marco de trabajo definido que ayudará a la recuperación de la confianza del consumidor, así como a una comunicación unificada y clara.
Fuente: FIAB