La Comisión Europea ha limitado la presencia de grasas trans en los alimentos procesados a través de la publicación del Reglamento (UE) 2019/649 de la Comisión, de 24 de abril de 2019, que modifica el anexo III del Reglamento (CE) 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las grasas trans, que no sean las grasas trans presentes de forma natural en las grasas de origen animal.
En concreto se ha limitando la presencia de grasas trans en los alimentos a un máximo de 2 gramos por cada 100 gramos de grasa. Se refiere a las grasas industriales y excluye las grasas presentes de forma natural en las grasas de origen animal.
Esta restricción afecta a los alimentos destinados al consumidor final y a los alimentos destinados al suministro a minoristas. También establece la obligación de transmitir información entre operadores sobre los niveles de grasas trans cuando se supere ese límite, para garantizar así su cumplimiento en el producto acabado.
Una decisión que se ha gestado durante una década: 2009-2019
Todo empieza en el año 2009 con la opinión científica de la EFSA: Scientific Opinion on Dietary Reference Values for fats, including saturated fatty acids, polyunsaturated fatty acids, monounsaturated fatty acids, trans fatty acids, and colesterol, que recomienda que la ingesta de ácidos grasos trans debe ser lo más baja posible.
Seis años después, en 2015, la propia Comisión Europea realizó un Informe sobre las grasas trans, en el que se recordaba que las enfermedades coronarias son la principal causa de muerte en la Unión Europea y que una elevada ingesta de ácidos grasos trans aumenta fuertemente el riesgo de sufrir cardiopatías, más que cualquier otro nutriente por unidad de calorías, concluyendo que se debería establecer un límite legal para las grasas trans de producción industrial en los alimentos.
El 15 de mayo de 2018, la Organización Mundial de la Salud, en su iniciativa: Action package to eliminate industrially-produced trans fatty acids, pidió que se eliminaran las grasas trans en la producción industrial del suministro de alimentos.
Finalmente, en junio de 2018, la EFSA volvió a concluir en su informe: Asistencia científica y técnica sobre los ácidos grasos trans, que la ingesta alimentaria de ácidos grasos trans debe ser lo más baja posible, iniciándose a continuación los trabajos de preparación del proyecto de reglamento, que se ha publicado el 26 de abril de 2019.
Este reglamento es de aplicación directa en todos los países miembros de la Unión Europea, por lo que se evitarán discrepancias y la posible confusión del consumidor, tal y como establece el Reglamento (UE) 1169/2011, al trabajar con criterios homogéneos en toda la UE.
De hecho, en los últimos años, algunos Estados miembros, como Austria, Dinamarca, Letonia y Hungría, ya habían desarrollado límites nacionales del 2% en los ácidos grasos trans (AGT).
Su aplicación efectiva, a partir del 1 de abril de 2021
Este reglamento entra en vigor el 15 de mayo de 2019, pero permite un periodo transitorio de dos años, hasta el 1 de abril de 2021, para que las industrias puedan adaptarse a este límite, innovando y encontrando soluciones alternativas que le permitan cumplir con la obligación legal. El objetivo final es ofrecer productos alimenticios más saludables, tal y como demanda la sociedad.
Según el comunicado emitido por FoodDrinkEurope, organización que representa los intereses de la industria alimentaria en la Unión Europea, la industria apoya la nueva regulación asegurando que la gran mayoría de empresas alimentarias europeas han eliminado o reducido el contenido de grasas trans en los alimentos procesados a los valores establecidos por la nueva reglamentación.