La obligatoriedad de incluir el lugar de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos afecta a todos estos productos elaborados en España a partir del 22 de enero de 2019.
Con la publicación del Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre, relativo a la indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos, se quiere dar una solución a las necesidades del consumidor actual, que valora la transparencia y la información del origen de los alimentos que consume.
Según datos de varias encuestas aportadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el 88% de los consumidores españoles, un 4 % más que los europeos, estima necesaria la identificación del origen de la leche como producto y como ingrediente de otros productos lácteos, quienes además vinculan la mención del país de origen a la calidad del alimento.
¿Qué productos deben incluir la indicación de origen en su etiqueta?
Los productos afectados, según el anexo I del Real Decreto 1181/2018, son:
- Leche y nata, sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo.
- Leche y nata, concentradas, azucaradas o edulcoradas de otro modo.
- Suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, yogur, kéfir y demás leches y natas fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, azucarados o edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao.
- Lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro modo; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas.
- Mantequilla y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar.
- Quesos y requesón.
¿Cómo se debe presentar esta información?
En concreto, la etiqueta debe hacer referencia al país de ordeño (lugar donde se ha ordeñado el animal), al país de transformación (lugar en el que se ha producido la transformación de la leche para realizar otros productos o ha sido envasada) o al Origen de la leche (lugar donde la leche ha sido ordeñada y transformada). En este último caso, si ambos procesos se han realizado en España, la etiqueta se simplifica y solo aparecerá la mención “España”.
¿Cuándo entra en vigor?
La indicación del país de ordeño y transformación o el origen de la leche será obligatoria a partir del 22 de enero de 2019 y, en principio, estará vigente durante un periodo de dos años, debido al carácter experimental de la medida.
Con esta normativa, España sigue el camino de otros estados miembros que ya han aprobado su propia legislación para regular el etiquetado del país de origen de la leche, como Italia, Francia, Portugal, Grecia, Finlandia o Lituania, de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento (UE) 1169/2011.
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